miércoles, 7 de diciembre de 2011

NO HUBO UNANIMIDAD EN REFORMA DEL ESTATUTO DEL PERSONAL DOCENTE

Ulises Rojas No hubo unanimidad en reforma del estatuto del personal docente

Ulises Rojas Sánchez, vicerrector Académico de la Universidad de Carabobo, aclaró lo acontecido en los últimos tres consejos universitarios en los que se discutió la reforma del Estatuto del Personal Docente y de Investigación de la UC.

Rojas aclaró que en el segundo Consejo Universitario que se efectuó el pasado lunes, se respetaba al vicerrectorado como instancia de revisión académica. En los otros artículos que aprobarían, hubo un clima de entendimiento donde se mantenía la importancia del vicerrectorado y no la supremacía de las facultades o consejos de Facultad sobre este despacho.

El vicerrector recordó que en el penúltimo Consejo Universitario celebrado el 28 de noviembre fue aprobado, por ejemplo, el artículo 31 que se refiere a que toda segunda demostración será competencia del despacho que dirige. Se concluyó que la primera corresponde al Consejo de Facultad. “La instancia del vicerrectorado académico como segunda revisión la eliminaron aduciendo que la ley no prevé que tenga esa potestad. No obstante, se llamó la atención a los consejeros en relación a que en el desarrollo histórico de esta universidad, se ha mantenido durante muchos años la exhortación del VRAC como segunda vía o instancia de verificación. Eso le da al profesorado y a la rectora o rectores, quienes al final son los que firman y aprueban, la seguridad de que lo que va ahí ha sido exhaustivamente revisado y no tiene error de contaje, sumatoria o puntuación”.

Tenemos que reconocer y recordar que en los dos primeros consejos no hubo unanimidad, sentenció Rojas. “Es más, hubo una discusión bien dividida en dos posiciones, por un lado la de los decanos y por otra las que tenemos algunos representantes profesorales y el vicerrectorado académico. Lo que se busca es proteger al profesor, que tenga esta segunda instancia de revisión y no pase desde los consejos de facultad a los rectores. Incluso se le recomendó a la rectora conformar un equipo técnico de revisión, pero éste no se puede integrar de un día para otro”.

Rojas defiende lo que hace su despacho: Los resultados se revisan y si tienen alguna falla, son devueltos al Consejo de Facultad para que éstos la modifiquen. “Así ha venido funcionando y es así como cumplimos con la Ley coordinando y supervisando conjuntamente con la rectora”.

El despacho, según Rojas, tiene la potestad de proponer políticas académicas y de vigilar la marcha de éstas en la Universidad de Carabobo. “Si bien explícitamente la Ley no dice que debe haber revisión por parte del vicerrectorado, esta universidad en su reglamento no viola la Ley y no puede ser que una mayoría, que no fue absoluta, en ese consejo en el que no hubo acuerdo y la votación no fue unánime, haya modificado el artículo 31 y le quiten a este despacho una segunda revisión de los resultados de los concursos en general. (CG)

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